Por qué revisar tus contingencias antes de octubre
El 1 de octubre marca el último plazo del año para que los autónomos modifiquen su base de cotización y ajusten sus coberturas de contingencias comunes y profesionales.
Este cambio puede suponer pagar la cuota justa y, sobre todo, mejorar las prestaciones que recibirás en caso de baja, accidente laboral o jubilación.
En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, qué cubre cada tipo de contingencia, cuánto cuestan, sus diferencias y cómo realizar el cambio en el RETA antes de que acabe el plazo.
Contingencias comunes: qué cubren y cuánto cuestan
Las contingencias comunes son la parte de tu cotización como autónomo que financia las prestaciones de la Seguridad Social cuando no puedes trabajar por enfermedad o accidente no laboral.
Su cobertura también incluye prestaciones por maternidad/paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia, e incluso la jubilación.
A pesar de ser obligatorias en la mayoría de los casos, muchos autónomos desconocen exactamente qué cubren y cómo afectan a su cuota mensual.
¿Qué cubren las contingencias comunes?
Las prestaciones derivadas de las contingencias comunes incluyen:
- Incapacidad temporal (IT) por enfermedad común o accidente no laboral.
- Prestación por nacimiento y cuidado del menor (maternidad/paternidad).
- Riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
- Incapacidad permanente derivada de enfermedad común.
- Jubilación (parte de la pensión financiada por esta cotización).
Coste en la cuota de autónomos
En 2025, el tipo de cotización para contingencias comunes en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es del 28,3 % sobre la base de cotización elegida.
Esto significa que:
- Con base mínima (1.000 € aprox.): unos 283 €/mes de tu cuota se destinan a esta cobertura.
- Con base media (1.500 €): unos 424,5 €/mes van a contingencias comunes.
Aunque sea un gasto fijo, esta parte de la cotización es esencial para protegerte ante bajas de larga duración o para mejorar tu pensión futura.
Reducir la base al mínimo para pagar menos puede suponer prestaciones mucho más bajas cuando más las necesites.
Contingencias profesionales: qué incluyen y cuándo convienen
Las contingencias profesionales cubren los riesgos derivados directamente de tu actividad laboral como autónomo.
No son obligatorias para todos los trabajadores por cuenta propia, pero sí altamente recomendables en profesiones con cierto nivel de riesgo.
¿Qué cubren las contingencias profesionales?
Incluyen dos grandes conceptos:
- Accidente de trabajo
- Lesiones ocurridas durante la jornada laboral o en el lugar de trabajo.
- También se incluyen los accidentes in itinere (en el trayecto de ida o vuelta al lugar de trabajo).
- Cubre atención médica, bajas y, en casos graves, indemnizaciones o pensiones por incapacidad.
- Enfermedad Profesional
-
- Patologías contraídas como consecuencia directa de la actividad laboral (según listado oficial publicado en el RD 1299/2006).
- Algunos ejemplos: problemas musculoesqueléticos por trabajo físico repetitivo, dermatitis por contacto con productos químicos, pérdida auditiva por exposición a ruido constante.
Coste adicional en la cuota de autónomos
El tipo de cotización para contingencias profesionales en el RETA se calcula sumando dos conceptos:
- Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: tipo variable según actividad, desde el 1,5 % hasta el 6,7 % de la base de cotización (según tarifa de primas de la Seguridad Social).
Un ejemplo de coste:
- Autónomo con base mínima (1.000 €) y actividad de oficina → 1,5 % = 15 €/mes.
- Autónomo en construcción (tarifa más alta, 6,7 %) → 67 €/mes.
¿Cuándo conviene contratar esta cobertura?
Conviene especialmente si:
- Trabajas en sectores con riesgo físico o exposición a agentes nocivos.
- Tu actividad implica desplazamientos frecuentes (más probabilidad de accidentes in itinere).
- No tienes otras coberturas complementarias (mutua o seguro privado) que cubran accidentes laborales.
Aunque para muchas actividades de bajo riesgo la contratación de contingencias profesionales sea opcional, su coste es bajo en comparación con la protección que ofrece.
Es una inversión en seguridad y tranquilidad.
Diferencias clave entre contingencias comunes y profesionales
Para muchos autónomos, la diferencia entre estas coberturas no es evidente hasta que necesitan utilizarlas.
La siguiente tabla resume sus principales características:
Característica | Contingencias comunes | Contingencias profesionales |
Qué cubren | Enfermedades comunes y accidentes no laborales | Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales |
Ejemplos | Gripe, fractura fuera del trabajo, baja por maternidad/paternidad | Lesión en el puesto, caída en obra, intoxicación por producto químico |
Obligatoriedad | Generalmente obligatoria en el RETA | Obligatoria solo para ciertas actividades de riesgo, opcional en otras |
Tipo de cotización 2025 | 28,3 % de la base elegida | 1,5 % a 6,7 % de la base (según actividad) |
Prestación por incapacidad | Desde el 4º día de baja (con reducción inicial en los primeros 20 días) | Desde el día siguiente al accidente o diagnóstico |
Financiación | Incluida en la cuota general de autónomos | Suplemento sobre la cuota general |
Interpretación y claves para elegir
La principal diferencia está en el origen de la contingencia:
- Si el problema de salud no está relacionado con el trabajo, se cubre por contingencias comunes.
- Si está directamente vinculado a la actividad laboral, entra en contingencias profesionales.
Un ejemplo práctico:
Un diseñador freelance que trabaja desde casa y se rompe una pierna esquiando → contingencias comunes.
Un autónomo repartidor que sufre un accidente de tráfico durante un reparto → contingencias profesionales.
La elección no debería basarse solo en el coste, sino en una valoración real de los riesgos de la actividad.
En algunos sectores, las contingencias profesionales son tan importantes como las comunes.
Por lo tanto se hace imprescindible realizar una valoración completa y real del riesgo.
Cómo y cuándo cambiar tus coberturas en el RETA
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) permite modificar tanto la base de cotización como las coberturas de contingencias comunes y profesionales hasta cuatro veces al año.
Cada cambio solicitado entra en vigor el primer día del trimestre siguiente.
¿Cuáles son los plazos oficiales?
En 2025, los plazos para solicitar cambios son:
Solicitud presentada hasta el… | Efecto desde el… |
31 de marzo | 1 de abril |
30 de junio | 1 de julio |
30 de septiembre | 1 de octubre |
31 de diciembre | 1 de enero 2026 |
El 30 de septiembre es el último plazo del año para que los cambios de base o coberturas tengan efecto en el último trimestre.
Si lo dejas pasar, no podrás modificarlas hasta enero del año siguiente.
¿El procedimiento?
- Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Identifícate con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.
- En el apartado “Autónomos”, selecciona Cambio de base de cotización y coberturas.
- Elige la nueva base y/o las contingencias profesionales si quieres añadirlas.
- Confirma y guarda el justificante de la solicitud.
Como consejo podemos decirte que aproveches el plazo de octubre para ajustar tu cotización de cara al último trimestre de 2025.
Si esperas a enero, tu cuota y cobertura se mantendrán inalteradas durante todo el último trimestre.
Conclusión y recomendación del asesor
Revisar tus contingencias comunes y profesionales no es un mero trámite: puede marcar la diferencia entre recibir una prestación adecuada o quedarte con una cobertura insuficiente cuando más la necesites.
El 30 de septiembre es la última oportunidad del año para ajustar tu base de cotización y modificar coberturas con efecto inmediato en el último trimestre.
Si no actúas ahora, tendrás que esperar hasta enero del próximo año.
Nuestra RECOMENDACIÓN:
Analiza tu actividad, tus riesgos y tu previsión de ingresos antes de decidir.
Un pequeño ajuste hoy puede suponer una gran diferencia en tus prestaciones futuras y en tu tranquilidad.
¿Quieres saber si tu cotización y coberturas son las adecuadas para 2025?
En EDAR Consulting sabes que estamos a tu disposición.
Contáctanos antes del 1 de octubre y te ayudaremos a optimizar tu cuota y mejorar tu protección como autónomo.